En la doctrina de todo el mundo, la aduana tiene 5 funciones de control principales: fiscal, económica, de vigilancia general o regulatoria, estadística y de seguridad. La iniciativa de militarizar las aduanas privilegia la función de seguridad sobre las demás. En términos constitucionales y legales, no está tan sencillo implementar la iniciativa de militarizar las aduanas, para ello se requiere reformar la Constitución y por lo menos media docena de leyes, además de justificar internacionalmente diversas implicaciones en materia de tratados.

La prioridad que se asigna a cada una de las funciones del aduana va ligada directamente con el modelo de desarrollo económico. En un modelo de “sustitución de importaciones”, las funciones de la aduana tienen el siguiente orden de importancia: la función fiscal (recaudar); la económica (en sentido de controlar mediante permisos, autorizaciones y obstáculos técnicos el intercambio de mercancías para desarrollar la economía doméstica); las de vigilancia general y seguridad (control estricto de entradas y salidas en función de actores y sectores); y la función estadística, para obtener la información indispensable que permita generar una balanza comercial (estadística económica, tipos o control de cambios, etc). El modelo aduanero que privilegia la seguridad sobre el resto de las funciones busca dar a la aduana un rostro policiaco, persecutor, prohibitivo, donde las importaciones y exportaciones son estrictamente controladas y la aduana se cierra, se endurece, se llena de restricciones, de controles, contrario al ambiente de libre comercio.

En un modelo de desarrollo de “mercado”, la función de la aduana más importante es la económica (eliminar aranceles y barreras para permitir el libre flujo de mercancías que generen economías); la función fiscal pasa a segundo plano (baja la recaudación de aranceles (IGI), pero dicha baja se compensa con recaudación de otros impuestos directos e indirectos (ISR, IVA, IEPS), derivado de la generación de economías; la función estadística cobra relevancia (información oportuna indispensable para generar una balanza comercial confiable, medir tipos de cambio de mercado, etc); y las funciones de vigilancia general y seguridad se suavizan para generar un ambiente de confianza y autocumplimiento, tratando de dar a la aduana una cara amable, cordial, de oficina técnica administrativa, no policiaca, sino de fomento económico.

Así las cosas, desde el punto de vista de seguridad nacional podría tener sentido militarizar la administración de las aduanas, sin embargo, desde el punto de vista económico, fiscal, regulatorio y estadístico, parece que no es tan buena idea, porque la medida es contraria al perfil que debe tener la aduana en el modelo de desarrollo económico de libre comercio que constitucionalmente, está en vigor.

El país firmó recientemente tres tratados comerciales cruciales para la economía del país en un mundo globalizado: el nuevo acuerdo para América del Norte (TMEC); el nuevo transpacífico con las economías más importantes de Lejano Oriente y Oceanía (TPP-TIPAT); y la renegociación del TLCUE con la Unión Europea. Adicionalmente, ni la Organización Mundial de Comercio (OMC), ni la Organización Mundial de Aduanas (OMA), recomiendan la medida como algo deseable. Finalmente, el artículo 129 constitucional establece: “En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”.