El próximo 30 de Septiembre de 2020, vence el plazo para habilitar el buzón tributario y mantener actualizados los medios de contacto para las Personas Morales.

En el caso de Persona Física la fecha limite es el 30 de Noviembre de 2020.

Los mecanismos de comunicación como medios de contacto que se deberán registrar son dirección de correo electrónico y número de teléfono móvil (Regla 2.2.7 RMF 2020).El buzón tributario tendrá el carácter de opcional para contribuyentes del régimen de salarios, excepto los del régimen de asimilados a salarios con ingresos en el ejercicio inmediato anterior que  hubieren sido iguales o superiores a $3´000,000.