Recientemente, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer el aplicativo para el llenado y presentación de la declaración anual por el  ejercicio 2020. Dentro de los aspectos prácticos para su llenado podemos destacar:

  1. Este aplicativo solo podrá usarse para las declaraciones correspondientes a los ejercicios del 2019, 2020 y posteriores.
  2. Entre los conceptos que se presentan precargados se encuentran:
  1. Ingresos, los cuales provienen de lo declarado en pagos provisionales
  2. Retenciones que se le realizaron al contribuyente.
  3. Factor de ajuste anual para el ajuste inflacionario.
  4. Nóminas pagadas.
  5. Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores  (PFEA)
  6. Remanente acreditable de impuestos pagados en el extranjero.
  7. ISR por acreditar derivado de utilidades o dividendos que no provinieron de CUFIN. 
  1. La modificación de los ingresos acumulables o a las PFEA, debe realizarse mediante declaración complementaria de los pagos provisionales o las declaraciones anuales correspondientes.
  2. Se contempla una lista de ingresos que pueden sumarse a los del ejercicio sin tener que pasar por pagos provisionales:
  1. Estímulo fiscal acumulable.
  2. Utilidad de  fideicomisos.
  3. Ganancia por inversiones en derivadas
  4. Diferencias por inventario acumulable
  1. En cuanto a las deducciones, es de comentarse:
  1. La posibilidad de separar los conceptos de nómina e inversiones correspondientes al costo de ventas.
  2. La incorporación de algunos conceptos a reportar: deducciones de las personas morales residentes en el extranjero, asistencia técnica con transferencia de tecnología, remuneraciones a terceros a plazo o en arrendamiento financiero. Inversiones en vehículos eléctricos o de baterías,   en maquinaria para generar energía de fuentes renovables, oleoductos y gaseoductos, en asistencia técnica o derechos de autor.
  1. En caso de aquellos contribuyentes que tengan un tope para la PTU (que se calcula en base a la nómina) el importe de la PTU se puede capturar. Para los demás contribuyentes el cálculo es automático.
  2. Se despliegan los diferentes estímulos fiscales aplicables, ya sea que correspondan a acreditamientos contra el ISR a cargo o una deducción adicional.
  3. Se capturan los saldos finales de la CUCA y CUFIN, sin embargo consideramos que para ejercicios siguientes estos datos podrán venir precargados.
  4. En relación con los esquemas reportables, se da la opción de capturar el número de esquema.
  5. En lo que hace el balance general, la cuenta de aportaciones para futuros aumentos de capital se encuentran tanto en el pasivo como en el capital, por lo que habrá que atender a las NIF C-11 para su correcta clasificación.
  6. En la conciliación contable-fiscal, los aspectos relevantes son: 
  1. Desglose de la ganancia por reembolso de capital.
  2. La instrucción de incorporar en el renglón de gastos no deducibles tanto los no deducibles como aquellos que no cumplen requisitos, lo cual puede tener un efecto en la CUFIN.
  3. Intereses que exceden el valor de mercado  y moratorios no pagados.
  4. Donación de insumos básicos para la subsistencia humana
  5. Saldos a favor de impuestos y su actualización, siempre que se hayan incluido como ingreso en el estado de resultados
  6. Aquellos contribuyentes que tengan ingresos de REFIPRES, deberán capturar los ingresos por cada país.